Algunos de los navegadores que existen actualmente no soportan la máquina virtual de Java, por lo que cuando los interesados realizan trámites electrónicos con las Administraciones Públicas (AAPP) pueden encontrarse con el inconveniente de que no pueden firmar con certificado digital.

La Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos (ya derogada), recogía expresamente varios principios, como el de neutralidad tecnológica (artículo 4.i)), que no han sido trasladados en su totalidad en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las Administraciones públicas, ni tampoco en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público.

Sin embargo, la doctrina dominante ha manifestado en reiteradas ocasiones que en ningún caso se podría considerar que la nueva normativa supusiera un retroceso tanto en el reconocimiento de principios como de derechos a la ciudadanía. Por ello, aunque no esté recogido en la nueva legislación, se considera que el principio de neutralidad tecnológica (y otros) también forma parte de la normativa en materia de administración electrónica.

Por este motivo, para garantizar el principio de neutralidad tecnológica, sería conveniente que las AAPP implementaran (o bien se dotaran) alguna solución que permita a la ciudadanía realizar estos trámites electrónicos independientemente del navegador que utilicen.

Contexto Legal

Soluciones Relacionadas